Una niña de 10 años con diagnóstico de síndrome de Noonan deberá continuar con sus evaluaciones médicas sin interferencias, luego de que el 13.° Juzgado de Familia de Arequipa ordenara a su madre abstenerse de impedir los controles especializados que requiere su estado de salud.
La decisión judicial, emitida por el juez Humberto Valdivia Talavera, responde a una situación que encendió las alertas: la menor necesitaba controles médicos constantes para prevenir complicaciones graves, pero estos no se venían realizando con normalidad. Según lo expuesto en audiencia, la madre habría frenado dichos exámenes alegando motivos emocionales y una preferencia por tratamientos alternativos.
Este escenario fue evaluado por el juzgado junto a un informe del equipo multidisciplinario, que advirtió una posible forma de negligencia. La falta de controles médicos en una condición genética como el síndrome de Noonan —que puede generar problemas cardíacos, de crecimiento y coagulación— representa un riesgo directo para la vida y el desarrollo de la menor.
Frente a ello, el magistrado dispuso como medida de protección que la madre permita el acceso a todas las evaluaciones médicas indicadas por especialistas, las cuales deberán realizarse con la presencia del padre. Además, se advirtió que el incumplimiento de esta orden podría acarrear sanciones por desobediencia a la autoridad.
El caso será monitoreado por el Centro de Emergencia Mujer, en una intervención que busca garantizar el interés superior del niño y evitar cualquier situación que ponga en peligro su salud. La resolución se sustenta en la Ley N.° 30364 y en estándares internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño, reafirmando que el acceso a la salud no puede ser postergado ni condicionado.