El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declaró improcedentes las solicitudes presentadas por el excandidato presidencial Wolfgang Grozo y el congresista saliente Edward Málaga, quienes buscaban anular en su totalidad las elecciones generales del 12 de abril. Ambos cuestionaron la ampliación del horario para la instalación de mesas dispuesta por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), tras retrasos en la distribución del material electoral en Lima Metropolitana.
En su resolución, el JEE precisó que “los únicos facultados para requerir la nulidad de elecciones son los personeros de mesa o representantes legales de las organizaciones políticas”, condición que no cumplía Grozo. Por ello, concluyó que el excandidato “adolece de legitimidad para plantear la nulidad”, desestimando su recurso por no ajustarse a la normativa vigente.
En el caso de Edward Málaga, el organismo también rechazó su pedido al señalar que carece de legitimidad para promover acciones de nulidad electoral y que, además, no especificó las mesas ni las circunscripciones afectadas. “Tal deficiencia impide efectuar un examen jurídico individualizado”, indica el documento, subrayando que las solicitudes deben cumplir requisitos claros para ser evaluadas.
Asimismo, el JEE desestimó el pedido de Renovación Popular que buscaba invalidar las mesas instaladas después del mediodía. El organismo recordó que el JNE autorizó de forma excepcional la ampliación del horario hasta las 14:00 horas debido a la falta de material electoral, precisando que esta medida no constituye causal de nulidad. Con ello, se reafirma la validez del proceso electoral en medio de cuestionamientos y se refuerza el marco legal aplicado durante los comicios.